1. ÁREA DE IDENTIFICACIÓN
1.2. Título
Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos
1.3. Nivel de descripción
Subserie
2. ÁREA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURAS
2.1. Alcance y contenido
Documentos que contienen los respectivos cronogramas e inversiones necesarias para avanzar en el saneamiento y tratamiento de los vertimientos, incluyendo la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de las aguas residuales descargadas al sistema público de alcantarillado, tanto sanitario como pluvial.
2.2. Tipos documentales
● Estudios PSMV (Diagnóstico)
● Cronograma de actividades
● Acto Administrativo de Aprobación
● Plan de saneamiento y manejo de vertimientos
● Informes de seguimiento
3. ÁREA DE VALORACIÓN
3.1. Tiempo de retención
Tiempo de Retención Mínimo 10 años
El tiempo de los Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos es de diez (10) años contados a partir del cumplimiento del cronograma establecido en el plan.
3.2. Disposición Final
Conservación Total
Es una subserie documental que adquiere valor histórico e investigativo en temas ambientales, por evidenciar los tratamientos realizados a las aguas residuales de los diferentes municipios y las obras de modernización de las redes de alcantarillado realizadas través del tiempo. Contiene la formulación de planes de saneamiento y manejo de vertimientos por parte de cada municipio a fin de que se logre la recuperación y/o conservación de las fuentes, tramos o cuerpos de agua receptores de las descargas de aguas residuales.
4. ÁREA DE CONTROL DE LA DESCRIPCIÓN
4.1. Nota del archivero
Elaboró: Grupo de Asistencia Técnica Archivística
Fuentes:
4.2. Reglas o normas
COLOMBIA. MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL. Resolución 1433. (27, diciembre, 2004). Por la cual se reglamenta el artículo 12 del Decreto 3100 de 2003, sobre Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos, PSMV, y se adoptan otras determinaciones. Bogotá, D.C., 2004
COLOMBIA. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. Decreto 1076. (26, mayo, 2015). Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible. Bogotá D.C., 2015
COLOMBIA. DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN. Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES 3177 de 2002. http://www.minvivienda.gov.co/conpesagua/3177%20-%202002.pdf.
COLOMBIA. MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL. Decreto 3100. (30, octubre, 2003). Por medio del cual se reglamentan las tasas retributivas por la utilización directa del agua como receptor de los vertimientos puntuales y se toman otras determinaciones. Bogotá, D.C., 2003.
4.3
Fecha (s) de la descripción (es)
2020