Banco Terminológico AGN

Consulte aquí la terminología de series y subseries documentales comunes en la administración del estado colombiano

Programas de Monitoreo de Calidad del Agua (Subserie)

Descripción

1. ÁREA DE IDENTIFICACIÓN

1.2. Título
Programas de Monitoreo de Calidad del Agua
1.3. Nivel de descripción
Subserie

2. ÁREA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURAS

2.1. Alcance y contenido
La subserie abarca lo afín a los protocolos de autocontrol que deben realizar las personas prestadoras para garantizar la calidad del agua para consumo humano por medio de laboratorios autorizados, incluye actividades de monitoreo de calidad del agua, toma de muestras diarias, resultados de análisis de calidad del agua cruda, pruebas de jarras y resultados de análisis de calidad del agua tratada.

Igualmente, lo concerniente a informes del sistema de potabilización, medición de caudales, tablas de control de caracterización de agua cruda, tablas de control de calidad de agua tratada, registros de actividades de mantenimiento y paradas del sistema, consumo de reactivos, costos energéticos, operacionales e indicadores energéticos.
2.2
Tipos documentales
- Programas de Monitoreo de Calidad del Agua

- Actas de concertación de puntos de muestreo

- Registros de medición de caudal

- Registros de medición de presión

- Controles de aforo pozos de captación

- Registro de consumo de energía

- Análisis de laboratorio de agua cruda

- Análisis de muestras diarias

- Análisis de laboratorio de aguas tratadas

3. ÁREA DE VALORACIÓN
3.1. Tiempo de retención
Tiempo Mínimo de Retención 10 años

El tiempo de los Planes es de diez (10) años contados a partir de la pérdida de la vigencia.
3.2. Disposición Final
Conservación Total

Es una subserie documental que adquiere valor histórico, investigativo y científico ya que se evidencia  el control de las características físicas, químicas y microbiológicas del agua para consumo humano, como también de las características adicionales definidas en el mapa de riesgo o lo exigido por la autoridad sanitaria de la jurisdicción, según se establezca en la reglamentación del presente decreto, para garantizar la calidad del agua para consumo humano en cualquiera de los puntos que conforman el sistema de suministro y en toda época del año.

4. ÁREA DE CONTROL DE LA DESCRIPCIÓN
4.1. Nota del archivero
Elaboró: Grupo de Asistencia Técnica Archivística

Fuentes:
4.2. Reglas o normas
COLOMBIA.  PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. Decreto 1575.  (9, mayo, 2007).  Por el cual se establece el Sistema para la Protección y Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano”, Bogotá, D.C., 2007.

COLOMBIA.  MINISTERIO VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO Resolución 330.  (14, febrero, 2017). Por la cual se adopta el Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico (RAS) y se derogan las Resoluciones números 1096 de 2000, 0424 de 2001, 0668 de 2003, 1459 de 2005, 1447 de 2005 y 2320 de 2009”. Bogotá, D.C., 2017.
4.3. Fecha (s) de la descripción (es)
2020

Programas de Monitoreo de Calidad del Agua (Subserie)

Términos genéricos

Fecha de creación
06-Sep-2021
Término aceptado
06-Sep-2021
Términos descendentes
0
Términos específicos
0
Términos alternativos
0
Términos relacionados
0
Descripción
1
Metadatos
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