<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?><!DOCTYPE Zthes SYSTEM "http://zthes.z3950.org/schema/zthes-1.0.dtd">  <Zthes><term><termId>51</termId><termName>BOLETINES DE DEUDORES MOROSOS DEL ESTADO (SERIE)</termName><termType>PT</termType><termLanguage>es</termLanguage><termVocabulary>Banco Terminológico AGN</termVocabulary>	<termStatus>active</termStatus>	<termApproval>approved</termApproval>	<termSortkey>BOLETINES DE DEUDORES MOROSOS DEL ESTADO (SERIE)</termSortkey><termNote label="Descripción"><![CDATA[ <p><strong>1. AREA DE IDENTIFICACIÓN</strong></p>
<p><strong>1.2 Título</strong><br />BOLETINES DE DEUDORES MOROSOS DEL ESTADO</p>
<p><strong>1.3 Nivel de descripción</strong><br />SERIE</p>
<p><strong>2 AREA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURAS</strong></p>
<p><strong>2.1 Alcance y contenido</strong><br />Reportes de las personas naturales y jurídicas que tienen obligaciones contraídas con el Estado y que cumplen los requisitos establecidos en la Ley 901 de 2004. Es elaborado y presentado por las entidades públicas a la Contaduría General de la Nación cada semestre. Guía para la elaboración de los formularios chip categoría Boletín Deudores Morosos del Estado [En línea. Pág. 2.</p>
<p><strong>2.2 Tipos documentales</strong><br />-       Reporte Semestral.</p>
<p>-       Reporte Incumplimiento de acuerdo de pago.</p>
<p>-       Reporte de retiros del  Boletín de deudores morosos del Estado.</p>
<p>-       Reporte cancelación de acuerdos de pago.</p>
<p>-       Reporte de actualización de reporte de pago.</p>
<p><strong>3. ÁREA DE VALORACIÓN</strong></p>
<p><strong>3.1 Tiempo de retención</strong><br />Tiempo mínimo de retención 10 años<br />Artículo 28, Ley 962 de 2005</p>
<p><strong>3.2 Disposición Final</strong><br />Eliminación </p>
<p><strong>4 ÁREA  DE CONTROL DE LA DESCRIPCION</strong></p>
<p><strong>4.1 Nota del archivísta</strong><br />Elaboró:</p>
<p>Mesa de implementación del Banco Terminológico</p>
<p>Fuentes:</p>
<p>CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Guía para la elaboración de los formularios chip categoría Boletín Deudores Morosos del Estado [En línea]. Bogotá: 2012. En línea: <a href="http://www.chip.gov.co/descarga/GUIA_PARA_LA_ELABORACION_DE_FORMULARIOS_BDME_CHIP.pdf">http://www.chip.gov.co/descarga/GUIA_PARA_LA_ELABORACION_DE_FORMULARIOS_BDME_CHIP.pdf</a></p>
<p><strong>4.2 Reglas o normas</strong><br />- COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 863 (29, diciembre, 2003). Por la cual se establecen normas tributarias, aduaneras, fiscales y de control para estimular el crecimiento económico y el saneamiento de las finanzas públicas. Bogotá: 2003. Artículo 66.</p>
<p>- COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 901 (26, julio, 2004). Por medio de la cual se prorroga la vigencia de la Ley 716 de 2001, prorrogada y modificada por la Ley 863 de 2003 y se modifican algunas de sus disposiciones. Bogotá: 2004. Artículo 3.</p>
<p>- COLOMBIA. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. Decreto 3361 (14, octubre, 2004). Por el cual se reglamenta el parágrafo 3 de la Ley 716 de 2001, prorrogada y modificada por el artículo 2 de la Ley 901 de 2004. Bogotá: 2004.</p>
<p>- COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 962 (8, julio, 2005) Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios. Bogotá: 2005.</p>
<p>- COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 1066 (29, julio, 2006). Por la cual se dictan normas para la normalización de la cartera pública y se dictan otras disposiciones. Bogotá: 2006. Artículo 2.</p>
<p>- COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA.   Ley Estatutaria 1266 (31, diciembre, 2008). Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones. Bogotá: 2008.</p>
<p>- COLOMBIA. CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Resolución 422 (21, diciembre, 2011). Por medio de la cual se fijan los parámetros para el envío de información a la UAE Contaduría General de la Nación relacionada con el Boletín de Deudores Morosos del Estado. Bogotá: 2011.</p>
<p>- COLOMBIA. CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Carta Circular 001 (8, septiembre, 2011). Directrices para la aplicación de la Ley 1266 de 2008 en el Boletín de Deudores Morosos del Estado. Bogotá: 2008</p>
<p><strong>4.3 Fecha (s) de la descripción (es)</strong><br />27/04/2017</p> ]]></termNote><termCreatedDate>BOLETINES DE DEUDORES MOROSOS DEL ESTADO (SERIE)</termCreatedDate><termModifiedDate>2018-08-14 16:34:12</termModifiedDate><relation><relationType>BT</relationType><termId>50</termId><termName>AGRUPACIÓN DE GESTIÓN FINANCIERA</termName><termType>PT</termType></relation></term>  </Zthes>