<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?><!DOCTYPE Zthes SYSTEM "http://zthes.z3950.org/schema/zthes-1.0.dtd">  <Zthes><term><termId>294</termId><termName>Permisos de Vertimientos (Subserie)</termName><termType>PT</termType><termLanguage>es</termLanguage><termVocabulary>Banco Terminológico AGN</termVocabulary>	<termStatus>active</termStatus>	<termApproval>approved</termApproval>	<termSortkey>Permisos de Vertimientos (Subserie)</termSortkey><termNote label="Descripción"><![CDATA[ <p><strong>1. AREA DE IDENTIFICACIÓN</strong></p>
<p><strong>1.2. Título</strong><br />Permisos de Vertimientos</p>
<p><strong>1.3. Nivel de descripción</strong><br />Subserie</p>
<p><strong>2. AREA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURAS</strong></p>
<p><strong>2.1. Alcance y contenido</strong><br />Documentos que evidencian el trámite de autorización por parte de la autoridad ambiental competente mediante acto administrativo, a toda persona natural o jurídica para que realice las descargas de aguas residuales generadas de sus actividades domésticas y/o productivas, a un cuerpo de agua, al suelo u otro medio, previo tratamiento de estas.</p>
<p><strong>2.2. Tipos documentales</strong><br />- Licencia ambiental</p>
<p>- Solicitud de permiso de vertimientos</p>
<p>- Certificado de existencia y representación legal</p>
<p>- Certificado de tradición y libertad</p>
<p>- Autorización del propietario o poseedor cuando el solicitante sea mero tenedor.</p>
<p>- Planos de la planta industrial, central eléctrica, explotación minera y características de la fuente que originará el vertimiento.</p>
<p>- Informe técnico</p>
<p>- Reporte de caracterización de muestreo compuesto expedido por laboratorio acreditado o en proceso de acreditación, en el cual se caracterice el afluente y efluente del sistema de tratamiento indicando el tiempo de retención.</p>
<p>- Informe de evaluación ambiental del vertimiento</p>
<p>- Plan de gestión del riesgo para el manejo de vertimientos.</p>
<p>- Certificado del uso del suelo expedido por la Alcaldía Municipal.</p>
<p>- Constancia de pago para la prestación del servicio de evaluación del permiso de vertimiento.</p>
<p>- Auto de inicio</p>
<p>- Registro de visita técnica</p>
<p>- Concepto técnico de evaluación ambiental</p>
<p>- Recurso de reposición</p>
<p>- Acto administrativo donde se resuelven situaciones y toman decisiones (pueden ser decisorios, de requerimientos, renovación, aclaración o modificación, prorroga, traspaso, cesión y terminación)</p>
<p>- Acta de visita</p>
<p>- Comunicación de notificación (Autos y Resoluciones)</p>
<p>- Aviso de Notificación (Autos y Resoluciones)</p>
<p>- Auto que ordena el archivo definitivo</p>
<p><strong>3. ÁREA DE VALORACIÓN</strong></p>
<p><strong>3.1. Tiempo de retención</strong><br />Tiempo mínimo de retención de 20 años</p>
<p>El tiempo es de 20 años a partir del auto que ordena el archivo definitivo, entendiéndose, que no es posible continuar con el uso del permiso, el tiempo indicado corresponde a la prescripción establecida en el artículo 10, Ley 1333 de 2009, aplicable al Decreto 1076 de 2015.</p>
<p><strong>3.2. Disposición Final</strong><br />Conservación Total</p>
<p>Se recomienda la conservación total por poseer valores históricos, culturales y científicos del sector ambiental en Colombia, ya que abarca las acciones ambientales respecto al tratamiento de aguas de vertimientos y sus respectivos controles, proporcionado datos sobre los niveles de contaminación de aguas, suelos en Colombia.</p>
<p><strong>4. ÁREA DE CONTROL DE LA DESCRIPCION</strong></p>
<p><strong>4.1.</strong><strong>Nota del archivero</strong><br />Elaboró: Grupo de Asistencia Técnica Archivística</p>
<p>Fuentes:</p>
<p><strong>4.2. Reglas o normas</strong><br />COLOMBIA. FUNCIÓN PÚBLICA. Gestor normativo. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo</p>
<p>COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 1333 de 2009 (julio 21). por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones. Bogotá: 2009.</p>
<p>COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-401/10. [consulta en línea]:</p>
<p>https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2010/C-401-10.htm</p>
<p>COLOMBIA. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. Decreto 1076 de 2015 (26 de mayo de 2015) Decreto Único Reglamentario Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible. Bogotá: 2015.</p>
<p>COLOMBIA. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. Decreto 050 de 2018 (16 de enero). Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1076 de 2015, Decreto único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible en relación con los Consejos Ambientales Regionales de la Macrocuencas (CARMAC), el Ordenamiento del Recurso Hídrico y Vertimientos y se dictan otras disposiciones. Bogotá: 2018.</p>
<p><strong>4.3. Fecha (s) de la descripción (es)</strong><br />2020 <br /> </p> ]]></termNote><termCreatedDate>Permisos de Vertimientos (Subserie)</termCreatedDate><relation><relationType>BT</relationType><termId>289</termId><termName>LICENCIAS AMBIENTALES (SERIES)</termName><termType>PT</termType></relation></term>  </Zthes>