{"tema_id":"74","string":"Libros de legalizaci\u00f3n del gasto (Subserie)","created":"2018-08-14 10:37:11","code":null,"modified":"2018-08-14 17:49:21","notes":[{"@type":"Descripci\u00f3n","@lang":"es","@value":"1. AREA DE IDENTIFICACI\u00d3N\n1.2 T\u00edtulo\nLibros de legalizaci\u00f3n del gasto\n1.3 Nivel de descripci\u00f3n\nSubserie\n2 AREA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURAS\n2.1 Alcance y contenido\n\u201cComprende el registro de las operaciones posteriores al giro de los recursos hasta la recepci\u00f3n de bienes, servicios, obras o cumplimiento del objeto de la apropiaci\u00f3n cuando el giro de dichos recursos no desarrolle el objeto de la apropiaci\u00f3n, como en fiducias, convenios, anticipos, entre otros\u201d. Art\u00edculo 9 de la Resoluci\u00f3n 0007 de 2016.\n2.2 Tipos documentales\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Libro de legalizaci\u00f3n del gasto.\n3. \u00c1REA DE VALORACI\u00d3N\n3.1 Tiempo de retenci\u00f3n\nTiempo m\u00ednimo de retenci\u00f3n 10 a\u00f1os\nArt\u00edculo 28, Ley 962 de 2005\n3.2 Disposici\u00f3n Final\nEliminaci\u00f3n\u00a0\n4 \u00c1REA\u00a0 DE CONTROL DE LA DESCRIPCION\n4.1 Nota del archiv\u00edsta\nElabor\u00f3:\nMesa de implementaci\u00f3n del Banco Terminol\u00f3gico\nFuentes:\nContralor\u00eda General de la Naci\u00f3n. Manual para el Registro de la Contabilidad Presupuestal P\u00fablica [En l\u00ednea]. Recuperado en: http:\/\/www.chip.gov.co\/AyudaWEB\/ManualCGR\/MANUAL_PARA_EL_REGISTRO_DE_CONTABILIDAD_PRESUPUESTAL_PUBLICA_20-10-10.pdf\n4.2 Reglas o normas\nCOLOMBIA. CONGRESO DE LA REP\u00daBLICA. Ley 962 (8, julio, 2005) Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones p\u00fablicas o prestan servicios. Bogot\u00e1: 2005.\nCOLOMBIA. CONTRALORIA GENERAL DE LA NACI\u00d3N. Resoluci\u00f3n 0007 (9, junio, 2016). \u201cPor la cual se reglamenta la rendici\u00f3n de informaci\u00f3n para la contabilidad presupuestal y del tesoro, la informaci\u00f3n presupuestal de los departamentos, distritos, municipios y territorios ind\u00edgenas; el control y seguimiento al l\u00edmite del gasto territorial; el r\u00e9gimen presupuestal del Sistema General de regal\u00edas; el registro y refrendaci\u00f3n de la deuda p\u00fablica; la auditoria al balance de hacienda; las estad\u00edsticas fiscales del Estado y dem\u00e1s disposiciones sobre la materia\u201d. Bogot\u00e1: 2016.\n4.3 Fecha (s) de la descripci\u00f3n (es)\n27\/04\/2017"}]}