{"tema_id":"312","string":"Certificaciones de Viabilidad y Disponibilidad Inmediata del Servicio de Acueducto y Alcantarillado (Subserie)","created":"2021-09-06 12:18:58","code":null,"notes":[{"@type":"Descripci\u00f3n","@lang":"es","@value":"1. \u00c1REA DE IDENTIFICACI\u00d3N\n1.2. T\u00edtulo\nCertificaciones de Viabilidad y Disponibilidad Inmediata del Servicio de Acueducto y Alcantarillado\n1.3. Nivel de descripci\u00f3n\nSubserie\n2. \u00c1REA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURAS\n2.1. Alcance y contenido\nDocumento mediante el cual el prestador del servicio p\u00fablico certifica la posibilidad t\u00e9cnica de conectar un predio o predios objeto de una licencia urban\u00edstica a las redes matrices de servicios p\u00fablicos existentes. \n2.2. Tipos documentales\n- Solicitud de certificaci\u00f3n de viabilidad y disponibilidad inmediata de servicios p\u00fablicos\n- Copia del plano topogr\u00e1fico, incorporado y aprobado por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital\u00a0 \u00a0\n- Certificaci\u00f3n\n3. \u00c1REA DE VALORACI\u00d3N\n3.1. Tiempo de retenci\u00f3n\nTiempo m\u00ednimo de retenci\u00f3n 5 a\u00f1os\nEl tiempo de las Certificaciones de viabilidad y disponibilidad inmediata de servicios p\u00fablicos es de cinco (5) a\u00f1os contados a partir del cumplimiento de la vigencia m\u00ednima, que generalmente es de dos (2) a\u00f1os. \n3.2. Disposici\u00f3n Final\nEliminaci\u00f3n.\nLa disposici\u00f3n final recomendada para esta subserie es la eliminaci\u00f3n dado que la informaci\u00f3n contenida hace parte de las licencias urban\u00edsticas.\u00a0 Estas certificaciones establecen las condiciones t\u00e9cnicas para la conexi\u00f3n y suministro del servicio, las cuales desarrollar\u00e1 el urbanizador a trav\u00e9s del dise\u00f1o y construcci\u00f3n de las redes secundarias o locales que est\u00e1n a su cargo. \n4. \u00c1REA DE CONTROL DE LA DESCRIPCI\u00d3N\n4.1. Nota del archivero\nElabor\u00f3: Grupo de Asistencia T\u00e9cnica Archiv\u00edstica\nFuentes: \n4.2. Reglas o normas\nCOLOMBIA.\u00a0 PRESIDENCIA DE LA REP\u00daBLICA. Decreto 3050. (27, diciembre, 2013). Por el cual se establecen las condiciones para el tr\u00e1mite de las solicitudes de viabilidad y disponibilidad de los servicios p\u00fablicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado. Bogot\u00e1, D.C., 2013.\n4.3. Fecha (s) de la descripci\u00f3n (es)\n2020\n\u00a0"}]}