{"tema_id":"280","string":"Contratos de Servicios P\u00fablicos (Subserie)","created":"2021-08-05 11:25:30","code":null,"notes":[{"@type":"Descripci\u00f3n","@lang":"es","@value":"1. \u00c1REA DE IDENTIFICACI\u00d3N\n1.2.\u00a0T\u00edtulo\nContratos de Servicios P\u00fablicos\n1.3. Nivel de descripci\u00f3n\nSuberie\n2. \u00c1REA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURAS\n2.1. Alcance y contenido\nDocumento que registra el v\u00ednculo consensual entre una empresa de servicios p\u00fablicos y un usuario (predio), en el cual se define el precio en dinero, de acuerdo con estipulaciones que han sido definidas.\n2.2. Tipos documentales\n\u25cf Solicitud\n\u25cf Certificaci\u00f3n de disponibilidad de servicios p\u00fablicos\n\u25cf Licencia de construcci\u00f3n\n\u25cf Certificado de estratificaci\u00f3n\n\u25cf Factura de servicios y complementarios\n\u25cf Comprobante de pago\n\u25cf Orden de trabajo instalaci\u00f3n\n\u25cf Registro de entrega de materiales\n\u25cf Registro de pr\u00e9stamo de herramientas y equipos\n\u25cf Formato de creaci\u00f3n de usuario\n\u25cf Orden de cambio de medidor\n\u25cf Certificado de calibraci\u00f3n\n3. \u00c1REA DE VALORACI\u00d3N\n3.1. Tiempo de retenci\u00f3n\nTiempo m\u00ednimo de retenci\u00f3n 20 a\u00f1os\nEl tiempo de los contratos de servicios p\u00fablicos es de veinte (20) a\u00f1os con el fin de responder a posibles acciones de responsabilidad contractual, determinados a partir de la terminaci\u00f3n del contrato por parte el suscriptor o usuario, ya sea por suspensi\u00f3n del servicio o os eventos se\u00f1alados en las condiciones uniformes del contrato estipulado en el art\u00edculo 19 de la Ley 689 de 2001.\n3.2. Disposici\u00f3n Final\nSelecci\u00f3n\nLos contratos de servicios p\u00fablicos son fuente primaria para realizar investigaciones sobre las relaciones contractuales entre la empresa y el usuario. A pesar de su importancia la disposici\u00f3n final recomendada para esta subserie es la selecci\u00f3n, ya que se produce en grandes cantidades, por lo cual se recomienda una selecci\u00f3n aleatoria de una muestra que debe ser calculada seg\u00fan la producci\u00f3n documental.\n4. \u00c1REA DE CONTROL DE LA DESCRIPCI\u00d3N\n4.1. Nota del archivero\nElabor\u00f3: Grupo de Asistencia T\u00e9cnica Archiv\u00edstica\nFuentes: \n4.2. Reglas o normas\nCOLOMBIA. CONGRESO DE LA REP\u00daBLICA. Ley 142. (11, julio, 1994). Por la cual se establece el r\u00e9gimen de los servicios p\u00fablicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones. Bogot\u00e1, D.C., 1994.\nCOLOMBIA. CONGRESO DE LA REP\u00daBLICA. Ley 689. (28, agosto, 2001). Por la cual se modifica parcialmente la Ley 142 de 1994. Bogot\u00e1, D.C., 2001.\nCOLOMBIA. CONGRESO DE LA REP\u00daBLICA. Ley 80. (28, octubre, 1993). Por la cual se expide el Estatuto General de Contrataci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica. Bogot\u00e1, D.C., 1993.\n4.3. Fecha (s) de la descripci\u00f3n (es)\n2020\n\u00a0"}]}