{"tema_id":"258","string":"PROCESOS DE COBRO COACTIVO (SERIE)","created":"2020-02-27 12:55:15","code":null,"notes":[{"@type":"Descripci\u00f3n","@lang":"es","@value":"1. AREA DE IDENTIFICACI\u00d3N\n1.2 T\u00edtulo\nPROCESOS DE COBRO COACTIVO\u00a0\n1.3 Nivel de descripci\u00f3n\nSERIE\n2 AREA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURAS\n2.1 Alcance y contenido\nSerie documental en la que se conservan de manera cronol\u00f3gica los documentos generados en el proceso de especial contenido en los art\u00edculos 823 y siguientes del Estatuto Tributario, que faculta a ciertas entidades para hacer efectivos directamente los cr\u00e9ditos a su favor, sin necesidad de acudir a la jurisdicci\u00f3n ordinaria. \n2.2 Tipos documentales\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Actos administrativos.\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Comunicaciones oficiales.\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Auto.\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Mandamiento ejecutorio.\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Notificaci\u00f3n.\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Paz y salvo.\n3. \u00c1REA DE VALORACI\u00d3N\n3.1 Tiempos de retenci\u00f3n\nTiempo m\u00ednimo 10 a\u00f1os \nLos procesos de cobro coactivo tienen un tiempo m\u00ednimo de (10) a\u00f1os, contados a partir de la finalizaci\u00f3n de la expedici\u00f3n de la paz y salvo. El tiempo indicado corresponde a la prescripci\u00f3n establecida en el art\u00edculo 1 de la Ley 791 de 2002.\n3.2 Disposici\u00f3n final\nSelecci\u00f3n \nLos procesos de cobro coactivo son fuente primaria para la investigaci\u00f3n de la recaudaci\u00f3n de rentas en las entidades por medio de la jurisdicci\u00f3n coactiva. A pesar de su importancia, en algunos casos esta serie se produce en grandes cantidades, por lo cual se recomienda una selecci\u00f3n aleatoria de una muestra que debe ser calculada seg\u00fan la producci\u00f3n documental.\n3.3 Concepto de valoraci\u00f3n\n\u00a0\n4 \u00c1REA\u00a0 DE CONTROL DE LA DESCRIPCION\n4.1 Nota del archiv\u00edsta\nElabor\u00f3: Diego Armando Ortiz Saza, profesional Grupo de Evaluaci\u00f3n Documental y Transferencias Secundarias\nFuentes:\n4.2 Reglas o normas\nCOLOMBIA. MINISTERIO DE HACIENDA Y CR\u00c9DITO P\u00daBLICO. Decreto 624 (30, marzo, 1989). Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Direcci\u00f3n General de Impuesto Nacionales. Bogot\u00e1: 1989. Art\u00edculo 823.\nCOLOMBIA. CONGRESO DE LA REP\u00daBLICA. Ley 791 (27, diciembre, 2002). Por medio de la cual se reducen los t\u00e9rminos de prescripci\u00f3n en materia civil.\nCOLOMBIA. CONGRESO DE LA REP\u00daBLICA. Ley 1066 (29, julio, 2006) Por la cual se dictan normas para la normalizaci\u00f3n de la cartera p\u00fablica y se dictan otras disposiciones.\nCOLOMBIA. MINISTERIO DE HACIENDA. Decreto 4473 (15, diciembre, 2006). Por el cual se reglamenta la Ley 1066 de 2006.\nCOLOMBIA. CONGRESO DE LA REP\u00daBLICA. Ley 1437 (18, enero, 2011). Por la cual se expide el C\u00f3digo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Art\u00edculo 98 y 101.\n4.3 Fecha (s) de la descripci\u00f3n (es)\n31 de enero de 2020"}]}