{"tema_id":"255","string":"Actas de Negociaci\u00f3n Sindical (Subserie)","created":"2020-02-17 18:51:27","code":null,"notes":[{"@type":"Descripci\u00f3n","@lang":"es","@value":"1. AREA DE IDENTIFICACI\u00d3N\n1.2 T\u00edtulo\nActas de Negociaci\u00f3n Sindical\n1.3 Nivel de descripci\u00f3n\nSubserie\n2 AREA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURAS\n2.1 Alcance y contenido\nDocumento en el que se relacionan los temas tratados y acordados durante el proceso de negociaci\u00f3n entre los representantes de las organizaciones sindicales y la entidad empleadora.\n2.2 Tipos documentales\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Acta de instalaci\u00f3n e iniciaci\u00f3n de la negociaci\u00f3n.\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Acta de acuerdos parciales.\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Acta de finalizaci\u00f3n de primera etapa.\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Acta de acuerdo de mediaci\u00f3n.\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Acta de audiencia de mediaci\u00f3n.\n3. \u00c1REA DE VALORACI\u00d3N\n3.1 Tiempos de retenci\u00f3n\nTiempo m\u00ednimo de retenci\u00f3n de 10 \nEl acta de negociaci\u00f3n sindical tiene un tiempo m\u00ednimo de (10) a\u00f1os, contados a partir de la expedici\u00f3n del acta de audiencia de mediaci\u00f3n. El tiempo indicado tiene por finalidad otorgar un plazo precaucional para que el documento pueda ser consultado en procesos de negociaci\u00f3n posteriores. De igual manera, respalda los derechos adquiridos por los empleados p\u00fablicos y la libre asociaci\u00f3n.\n3.2 Disposici\u00f3n final\nConservaci\u00f3n total.\nLas actas de negociaci\u00f3n sindical son fuente primaria para investigar el mejoramiento de las condiciones de trabajo por medio de los pactos celebrados entre la entidad y la organizaci\u00f3n sindical.\n3.3 Concepto de valoraci\u00f3n\nVer concepto de valoraci\u00f3n\n4 \u00c1REA\u00a0 DE CONTROL DE LA DESCRIPCION\n4.1 Nota del archiv\u00edsta\nElabor\u00f3: Diego Armando Ortiz Saza, profesional Grupo de Evaluaci\u00f3n Documental y Transferencias Secundarias.\nFuentes:\n\u00a0\n4.2 Reglas o normas\nCOLOMBIA, CONGRESO DE LA REP\u00daBLICA. Ley 411 (5, noviembre, 1997). Por medio de la cual se aprueba el \u201cConvenio 151 sobre la protecci\u00f3n del derecho de sindicaci\u00f3n y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la administraci\u00f3n p\u00fablica\u201d, adoptado en la 64 Reuni\u00f3n de la Conferencia General de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo, Ginebra, 1978. Bogot\u00e1: 1997.\nCOLOMBIA, MINISTERIO DE TRABAJO. Decreto 160 (5, febrero, 2014). Por el cual se reglamenta la Ley 411 de 1997 aprobatoria del Convenio 151 de la OIT, en lo relativo a los procedimientos de negociaci\u00f3n y soluci\u00f3n de controversias con las organizaciones de empleados p\u00fablicos. Bogot\u00e1. 2014.\n4.3 Fecha (s) de la descripci\u00f3n (es)\n31 de enero de 2020"}]}