{"tema_id":"230","string":"Planes Financieros Territoriales en Salud (Subserie)","created":"2019-01-21 15:43:34","code":null,"notes":[{"@type":"Descripci\u00f3n","@lang":"es","@value":"1 \u00c1REA DE IDENTIFICACI\u00d3N\n1.2 T\u00edtulo\nPlanes Financieros Territoriales en Salud\n1.3 Nivel de descripci\u00f3n\nSubserie\n2 \u00c1REA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURAS\u00a0\n2.1 Alcance y contenido\nLos Planes Financieros Territoriales de Salud son documentos por medio del cual se establecen los recursos necesarios y las fuentes de financiaci\u00f3n que se necesitan dentro de un territorio en espec\u00edfico para que funcione el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Se centran en evidenciar \u201clos componentes de: subsidios a la demanda; prestaci\u00f3n de servicios a la poblaci\u00f3n pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda; y salud p\u00fablica\u201d. (Resoluci\u00f3n 518 de 2015).\n2.2 Tipos documentales\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Plan\n3 \u00c1REA DE VALORACI\u00d3N\n3.1 Tiempo de retenci\u00f3n\nTiempo m\u00ednimo de retenci\u00f3n 10 a\u00f1os\nLa subserie goza de valores primarios desde una perspectiva administrativa, jur\u00eddica y econ\u00f3mica. Se establece un tiempo de retenci\u00f3n m\u00ednimo de 10 a\u00f1os, seg\u00fan establece la Ley 962 de 2005, art\u00edculo 28, sobre la conservaci\u00f3n de los documentos contables.\n3.2 Disposici\u00f3n Final\nConservaci\u00f3n\nLos Planes Financieros Territoriales en Salud son documentos que adquieren valores secundarios como evidencia del trabajo realizado por la entidad para buscar la financiaci\u00f3n del subsistema de salud y as\u00ed garantizar el cumplimiento del derecho constitucional, de garantizar la salud a todos los ciudadanos. Sirve para hacer estudios comparativos sobre la planeaci\u00f3n del gasto seg\u00fan las particularidades de la regi\u00f3n, ya que no se deben cubrir las mismas necesidades a la hora de prestaci\u00f3n del servicio.\nLa documentaci\u00f3n refleja tambi\u00e9n los estudios econ\u00f3micos realizados previamente y el an\u00e1lisis de las realidades vividas en cada zona territorial, para entender cu\u00e1l es la necesidad econ\u00f3mica que se debe entrar a cubrir.\n3.3 Concepto de valoraci\u00f3n \nVer concepto\n4 \u00c1REA DE CONTROL DE LA DESCRIPCION\n4.1 Nota del archivero\nElabor\u00f3: Mesa de Implementaci\u00f3n del Banco Terminol\u00f3gico.\nFuentes: Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social. Resoluci\u00f3n 518 de 2015, Por la cual se dictan disposiciones en relaci\u00f3n con la Gesti\u00f3n de la Salud P\u00fablica y se establecen directrices para la ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n del Plan de Salud P\u00fablica de intervenciones colectivas. Art\u00edculo 3. Disponible en internet: https:\/\/docs.supersalud.gov.co\/PortalWeb\/Juridica\/OtraNormativa\/R_MSPS_0518_2015.pdf\u00a0 \u00a0(12 de noviembre de 2018)\u00a0\nMinisterio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social. Resoluci\u00f3n 4015 de 2013, Por la cual se establecen los t\u00e9rminos y se adopta la metodolog\u00eda para la elaboraci\u00f3n de los planes financieros territoriales de salud por parte de los departamentos y distritos y se dictan otras disposiciones. Disponible en internet: https:\/\/www.minsalud.gov.co\/sites\/rid\/Lists\/BibliotecaDigital\/RIDE\/DE\/DIJ\/resolucion-4015-de-2013.pdf\u00a0 (12 de noviembre de 2018)\n4.2 Reglas o normas\nCONGRESO DE LA REP\u00daBLICA DE COLOMBIA. Ley 734 (5, febrero, 2002). Por la cual se expide el C\u00f3digo Disciplinario \u00danico. Bogot\u00e1: 2002. Art\u00edculos 34, 35 y 48.\nMINISTERIO DE SALUD Y PROTECCI\u00d3N SOCIAL. Resoluci\u00f3n 4834 (30, diciembre, 2015) por la cual se modifica la Resoluci\u00f3n 4015 de 2013 y se dictan otras disposiciones. Bogot\u00e1: 2015.\nCOLOMBIA. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA. Ley 962 (08, julio, 2005). Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones p\u00fablicas o prestan servicios p\u00fablicos. Bogot\u00e1 D.C., 2005.\n4.3 Fecha (s) de la descripci\u00f3n (es)\nNoviembre de 2018"}]}