{"tema_id":"228","string":"Planes de Atenci\u00f3n B\u00e1sica Departamental en Salud (Subserie)","created":"2019-01-21 15:24:55","code":null,"notes":[{"@type":"Descripci\u00f3n","@lang":"es","@value":"1 \u00c1REA DE IDENTIFICACI\u00d3N\n1.2 T\u00edtulo\nPlanes de Atenci\u00f3n B\u00e1sica Departamental en Salud\n1.3 Nivel de descripci\u00f3n\nSubserie\n2 \u00c1REA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURAS\u00a0\n2.1 Alcance y contenido\nEl Plan de Atenci\u00f3n B\u00e1sica Departamental, es el documento que recoge la planeaci\u00f3n de las acciones y estrategias en torno la promoci\u00f3n y prevenci\u00f3n de ambientes sanos para la poblaci\u00f3n de la jurisdicci\u00f3n perteneciente al ente territorial o gobernaci\u00f3n departamental.\n2.2 Tipos documentales\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Plan de Atenci\u00f3n B\u00e1sica Departamental en Salud\n-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Informe de ejecuci\u00f3n del Plan\n3 \u00c1REA DE VALORACI\u00d3N\n3.1 Tiempo de retenci\u00f3n\nTiempo m\u00ednimo de retenci\u00f3n 10 a\u00f1os.\nEl tiempo m\u00ednimo de retenci\u00f3n deber\u00e1 ser m\u00ednimo de 10 a\u00f1os, tiempo que se debe contar a partir de la actualizaci\u00f3n del Plan. Los 10 a\u00f1os corresponden con las prescripciones y caducidades de procesos en materia disciplinaria o fiscal sobre los responsables de estos documentos.\n3.2 Disposici\u00f3n Final\nConservaci\u00f3n Total\nEsta documentaci\u00f3n se conserva ya que considerando el uso investigativo se pudo establecer que permite identificar cu\u00e1les son los intereses de la administraci\u00f3n territorial y los enfoques para la mitigaci\u00f3n de los factores de riesgo enfoc\u00e1ndose en la hacia la prevenci\u00f3n de la enfermedad y la protecci\u00f3n de la salud, en su jurisdicci\u00f3n, por tanto, la serie se considera de conservaci\u00f3n total ya que adquiere valores secundarios de car\u00e1cter hist\u00f3rico y patrimonial. Una vez cumplidos los tiempos de retenci\u00f3n, la subserie ser\u00e1 transferida al archivo hist\u00f3rico en su soporte original para su conservaci\u00f3n permanente.\u00a0\u00a0\n3.3 Concepto de valoraci\u00f3n \nVer concepto\n4 \u00c1REA DE CONTROL DE LA DESCRIPCION\n4.1 Nota del archivero\nElabor\u00f3: Olga Luc\u00eda Quintero Galeano\nFuentes:\nRUBIO RINCON, Gina Sorel. Una perspectiva del Plan de Atenci\u00f3n B\u00e1sica (P.A.B.). En Revista: Ciencia y Tecnolog\u00eda para la Salud Visual y Ocular. Junio 2005. No 4. P\u00e1ginas 53 a 58. Recuperado en: https:\/\/revistas.lasalle.edu.co\/index.php\/sv\/article\/view\/1673\/1549\u00a0\nCOLOMBIA. MINISTERIO DE SALUD Y DE LA PROTECCI\u00d3N SOCIAL. CIRCULAR EXTERNA N\u00ba 0018 (18, febrero, 2004). Lineamientos para la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes estrat\u00e9gicos y operativos del PAB 2004 \u2013 2007 y de los recursos asignados para salud p\u00fablica. Recuperado en: http:\/\/www.funlam.edu.co\/uploads\/facultadpsicologia\/609339.doc\n4.2 Reglas o normas\nCOLOMBIA. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA. Ley 610 (15, agosto, 2000). Por la cual se establece el tr\u00e1mite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralor\u00edas. Bogot\u00e1 D.C., 2000. 13 p.\nCOLOMBIA. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA. Ley 962 (08, julio, 2005). Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones p\u00fablicas o prestan servicios p\u00fablicos. Bogot\u00e1 D.C., 2005. 48 p.\nCOLOMBIA. MINISTERIO DE SALUD Y DE LA PROTECCI\u00d3N SOCIAL. Resoluci\u00f3n 4288 (20, noviembre, 1996). Por la cual se define el Plan de atenci\u00f3n B\u00e1sica (PAB) del Sistema General de Seguridad Social (SGSSS) y se dictan otras disposiciones. Bogot\u00e1 D.C., 1996. p.8\nCOLOMBIA. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA. Ley 715 (21, diciembre, 2001). Por la cual se dictan normas org\u00e1nicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los art\u00edculos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones para organizar la prestaci\u00f3n de los servicios de educaci\u00f3n y salud, entre otros. Bogot\u00e1 D.C., 2001. 79 p.\nCOLOMBIA. MINISTERIO DE SALUD Y DE LA PROTECCI\u00d3N SOCIAL. CIRCULAR EXTERNA N\u00ba 0018 (18, febrero, 2004). Lineamientos para la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes estrat\u00e9gicos y operativos del PAB 2004 \u2013 2007 y de los recursos asignados para salud p\u00fablica. Bogot\u00e1 D.C., 2004. 5 p.\n4.3 Fecha (s) de la descripci\u00f3n (es)\nNoviembre de 2018"}]}