{"tema_id":"152","string":"HISTORIALES DE VEH\u00cdCULOS (SERIE)","created":"2018-10-23 14:12:17","code":null,"notes":[{"@type":"Descripci\u00f3n","@lang":"es","@value":"1. AREA DE IDENTIFICACI\u00d3N\u00a0\n1.2 T\u00edtulo\nHISTORIALES DE VEH\u00cdCULOS\n1.3 Nivel de descripci\u00f3n\nSERIE\n2 AREA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURAS\u00a0\n2.1 Alcance y contenido\nLa agrupaci\u00f3n documental evidencia las actividades administrativas realizadas para el control, seguimiento y optimizaci\u00f3n del uso del parque automotor. \u00a0\n2.2 Tipos documentales\n\nFactura de Compra,\nCertificaci\u00f3n individual de aduana para veh\u00edculos automotores,\nCertificado de inscripci\u00f3n ante el RUNT, Seguro Obligatorio-SOAT,\nCertificado de la Revisi\u00f3n Tecnicomec\u00e1nica y de Emisiones Contaminantes,\nReporte de comparendos,\nReporte de incidentes,\nActa de adjudicaci\u00f3n o Remate.\u00a0\u00a0\n\n3. \u00c1REA DE VALORACI\u00d3N\n3.1 Tiempo de retenci\u00f3n\nM\u00ednimo 10 a\u00f1os. \u00a0\nEl tiempo m\u00ednimo de conservaci\u00f3n del Historial de Veh\u00edculos es de diez (10) a\u00f1os, en los cuales se contemplan cinco (5) a\u00f1os de prescripci\u00f3n extraordinaria de la p\u00f3liza de seguros, como establece el art\u00edculo 1081 del C\u00f3digo de Comercio, diez (10) a\u00f1os de la conservaci\u00f3n de documentos contables se\u00f1alado por el art\u00edculo 28 de la Ley 962 de 2005, toda vez que respalda el valor de veh\u00edculo en los activos de la entidad, as\u00ed como el c\u00e1lculo de la depreciaci\u00f3n.\u00a0 \n3.2 Disposici\u00f3n Final\nSelecci\u00f3n\n\u00a0\nLos historiales de veh\u00edculos son documento que evidencian la gesti\u00f3n del parque automotor que posee una entidad, por lo cual su contenido informativo permite el estudio de la historia institucional. Sin embargo, en algunos casos esta serie se produce en grandes cantidades, por lo cual se recomienda una selecci\u00f3n cualitativa intr\u00ednseca, as\u00ed:\n\nSelecci\u00f3n de historiales de veh\u00edculos especializados, toda vez que pueden ser una fuente de informaci\u00f3n en temas hist\u00f3ricos y cient\u00edficos que permitan conocer cu\u00e1les eran las acciones de la entidad en la administraci\u00f3n de un parque automotor que requiri\u00f3 una atenci\u00f3n t\u00e9cnico-mec\u00e1nica especializada.\n\n\u00a0\n3.3 Concepto de valoraci\u00f3n \nVer Concepto\n4 \u00c1REA DE CONTROL DE LA DESCRIPCION\n4.1 Nota del archivero\nElabor\u00f3:\nFuentes: \n4.2 Reglas o normas\nMINISTERIO DE TRANSPORTE, Resoluci\u00f3n 004775, (1 de octubre, 2009), por la cual se establece el manual de tr\u00e1mites para el registro o matr\u00edcula de veh\u00edculos automotores y no automotores en todo el territorio nacional y se dictan otras disposiciones. Bogot\u00e1: 2009.\nDIRECCI\u00d3N GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES, Resoluci\u00f3n 013292, (04 de diciembre, 2009), Por la cual se establece el contenido para la expedici\u00f3n del Certificado Individual de Aduanas para veh\u00edculos automotores. Bogot\u00e1: 2009.\nMINISTERIO DE TRANSPORTE, Resoluci\u00f3n 0001565, (6 de junio, 2014), Por la cual se expide la Gu\u00eda metodol\u00f3gica para la elaboraci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico de Seguridad Vial. Bogot\u00e1: 2014.\nMINISTERIO DE TRANSPORTE, Resoluci\u00f3n 5111, (28 de noviembre, 2011), Por la cual se adopta el formato unificado de resultados y el certificado de la revisi\u00f3n tecnicomec\u00e1nica y de emisiones contaminantes para veh\u00edculos automotores en el territorio nacional. Bogot\u00e1: 2011. \n4.3 Fecha (s) de la descripci\u00f3n (es)\n26 de febrero de 2018."}]}